REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 12 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2004-000241
ASUNTO : NP01-P-2004-000241
Corresponde a este Tribunal decidir en relación a la solicitud interpuesta ante esta instancia por el acusado EDGAR JOSE BENAVIDES ARAY mediante la cual solicita a este Tribunal se le extienda el plazo de presentaciones que le fue acordado a cada 30 días, en atención a tal requerimiento es por lo que este Tribunal emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO
Por cuanto de la revisión dispensada del presente asunto observa este Tribunal que cursa a los autos solicitud interpuesta por el acusado EDGAR JOSE BENAVIDES ARAY quien requiere se le extienda el lapso de las presentaciones que le fue acordada en su oportunidad legal a cada 30 días, y como quiera que este Tribunal en atención a lo solicitado requirió al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal Copias Certificadas de las presentaciones del acusado de marras a objeto de pronunciarse en relación a la presente solicitud y por cuanto se evidencia a los autos el recibo de la información requerida por este Tribunal y adjunto al oficio se observan las copias certificadas de las presentaciones correspondientes al referido acusado, y dado que se corrobora que el acusado EDGAR JOSE BENAVIDES ARAY ha dado cumplimiento al régimen de presentaciones que le fue impuesto en su oportunidad legal, es por lo que quien aquí decide considera procedente y ajustado a derecho declarar con lugar la solicitud interpuesta por el acusado EDGAR JOSE BENAVIDES ARAY, y consecuencialmente acuerda extender el plazo de presentaciones a cada 30 días, ratificando el lugar de cumplimiento, a tal efecto se ordena oficiar al departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines legales consiguiente y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley Declara con lugar la solicitud interpuesta por el acusado EDGAR JOSE BENAVIDES ARAY, y consecuencialmente acuerda extender el plazo de presentaciones a cada 30 días, ratificando el lugar de cumplimiento, a tal efecto se ordena oficiar al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines legales consiguiente Librese lo Conducente. Cúmplase.
LA JUEZ
ABG RAQUEL GARCIA BELLORIN
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA BARILLAS