N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000293
PARTE ACTORA: MARIA PINO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALBERTO GOMEZ
PARTE DEMANDADA: JOSE ARRAIOL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GABRIELA BOSCAROLO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 27 de marzo de 2008, siendo las 9:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presente la abogada GABRIELA BOSCAROLO, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE ABEL ARRAIOL, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana MARÍA PINO, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 197.
El Juez
El Secretario
Abog. Marlene Rojas de Siu
Abg. Norelis Mindiola
Los Presentes