ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002733
PARTE ACTORA: FREDDY LUÍS PIRELA ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado DANIEL ALVARADO, Inpreabogado N° 113.404.
PARTE DEMANDADA: NAVAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogadas Elida Vasquez y Adrianela Bernudez, Inpreabogados N° 77.748 y 120.805 respectivamente.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,31 de Marzo de 2008, siendo las 9:38 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano FREDDY PIRELA en su carácter de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado Daniel Alvarado y NAVAL C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por las apoderadas judiciales las abogadas Adrianela Bermúdez y Elida Vásquez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada le cancelará el día 04/04/08 en la sede del Tribunal a el demandante la cantidad de diez mil cuatrocientos sesenta bolívares fuertes (Bs.F. 10.460,00), con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido injustificado, vacaciones y bono vacacional, vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado, utilidades y utilidades fraccionadas y cobro de cesta ticket. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena no archivar el presente asunto hasta tanto no coste en actas la totalidad del pago.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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