ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001676
PARTE ACTORA: YOHANNY CHOURIO y YHON FERNANDEZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Mery Pérez.
PARTE DEMANDADA: INSDUTRIAS PROCESADORAS (INPROCA)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Marcelo Marín
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,12 de Marzo de 2008, siendo las 2:37 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos YOHANNY CHOURIO, YHON FERNANDEZ y INSDUTRIAS PROCESADORAS (INPROCA) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de catorce mil Bolívares fuertes (Bs. F. 14.000,00) para la parte actora de la siguiente manera. Para el ciudadano Yohanny Chourio la cantidad de siete mil Bolívares fuertes (Bs. F. 7.000,00) y para el ciudadano Yhon Fernández la cantidad de siete mil Bolívares fuertes (Bs. F. 7.000,00) los cuales le serán entregados el día miércoles dos (2) de Abril a las once (2:00 p.m..) por ante el tribunal. En este estado, la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes