REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 7 de marzo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2008-000196
Vista la diligencia de fecha cinco (05) de marzo de los corrientes, presentada ante este Juzgado por el ciudadano Abogado MAZEROSKY PORTILLO, obrando en su carácter de Apoderado Actor, mediante la cual desiste del procedimiento intentado solo por lo que respecta a la empresa NABORS DRILLING INTERNATIONAL LIMITED, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 263 de Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento formulado dándole el carácter de Cosa Juzgada.

Asimismo, este Juzgado admite la demanda cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordena emplazar mediante Cartel de Notificación a la empresa LOFFLAND BROTHERS DE VENEZUELA C.A., en la persona del ciudadano JOSE CHOURIO, quien tiene el carácter de GERENTE DE RECURSOS HUMANOS de la misma, a fin de que comparezca por ante los Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de éste Circuito Judicial Laboral, asistida de abogado o representada por medio de apoderado, a las _________ del Décimo (10°) día hábil siguiente a la constancia que agregue la Secretaria en autos de haberse logrado su notificación, a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Igualmente, se le hace saber a las partes que deberán consignar sus escritos de pruebas en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se les insta a acudir personalmente, acompañadas de quienes tengan conocimiento de los hechos. Líbrense los respectivos Carteles y entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada.

El Juez

La Secretaria

Abog. Samuel Santiago Santiago


En la misma fecha se libró el respectivo cartel de notificación.

La Secretaria