REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 12 de marzo de 2007
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2008-000462
AUTO
Vista el contenido de la diligencia y demás anexos que anteceden, suscrita por las partes en la presente causa (demandante y demandada), vale decir, por el demandante ciudadano DARWIN BRACHO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 12.619.869, debidamente asistido por el ciudadano Abogado CARLOS CHACÍN y, el ciudadano JORGE MACHIN, obrando en su carácter de Apoderado de la Sociedad Mercantil ZULIA TOWING & BARGE CO. C.A. (según documental que consigna anexa), contentiva de la Transacción celebrada por las mismas, este Tribunal procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos laborables de carácter irrenunciable del referido trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA; razón por la cual se declara terminado el proceso.
Se difiere el archivo definitivo del expediente, hasta tanto no conste en actas el pago total de la cantidad acordada.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
La Secretaria
Abog. Carinell Lucena Salazar