N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001744
PARTE ACTORA: JEAN CARLOS VILLA HERNADEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NOE AVILA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES MONSERCA S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VALMORE PARRA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 17 de Marzo de 2008, siendo las 10:50 p.m. Comparece el ciudadano JEAN CARLOS VILLA HERNADEZ asistido en este acto por el abogado NOE AVILA y el abogado VALMORE PARRA en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES MONSERCA S.A y el ciudadano WILMER LOPEZ quienes solicitan al tribunal celebrar la prolongación de la audiencia ya que la misma se encuentra fijada para el día de 18 de Marzo del año 2008 a las 3:30 p.m., vista la solicitud realizada por las partes y encontrándose a disposición el juez provee lo solicitado, dándose inicio a la prolongación de la audiencia preliminar en la cual las partes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en este acto en 2 folios agregándose a las actas que conforman el presente asunto, la demandada cancela la cantidad de Cuatro mil bolívares fuertes (bsf 4.000), en este acto mediante cheque del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO numero 03502616 el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones así como los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes, se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes