REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 10 de Junio de 2008.
198º y 149º

DECISIÓN No. 387-08 CAUSA N° 7E-070-08

Firme como ha quedado el fallo dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 15-05-2008, en contra del penado LUIS ALFONSO JEREZ GALVIS, titular de la cédula de identidad N° 10.406.081, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:

El penado LUIS ALFONSO JEREZ GALVIS, titular de la cédula de identidad N° 10.406.081, fue condenado a cumplir la pena de VEINTICUATRO (24) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, cometido en perjuicio de las niñas KATERIN SOTO y YETSIBEL GARCIA SOTO, VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 375 en concordancia con el primer aparte del artículo 80, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña JOHANA BARRIOS GONZÁLEZ y la adolescente ARIANNI TORRES GONZÁLEZ, y ABUSO SEXUAL A NIÑA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el primer aparte del artículo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña LUZ LEIDI ALVAREZ.- Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 04-03-2008, por lo que hasta el día de hoy, 10-06-2008, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido TRES (03) MESES Y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir VEINTITRES (23) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS.- Cumple la Pena Principal el día 04-03-2032.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 04-03-2014, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 04-03-2016, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 04-03-2020.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 04-03-2024, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día: 04-03-2026, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 22-12-2036. Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales. De igual modo se ordena notificar al Abogado en ejercicio DIOMEDES FUENMAYOR, a través del Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Igualmente se ordena oficiar al Ministerio de Interior y Justicia para recabar los Antecedentes Penales que pueda registrar el penado y a la Cárcel Nacional de Maracaibo a objeto de remitir Copia Certificada de la sentencia dictada en contra del penado, asimismo, se ordena el traslado del penado a este Juzgado el día LUNES DIECISEIS DE JUNIO DE 2008 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, a tal efecto, se oficia al Director del Centro Penitenciario y al Capitán de la Guardia Nacional, para que realicen el referido traslado. De igual modo se ordena oficiar al Centro Penitenciario de Maracaibo, a objeto de que remitan a este Juzgado Situación Jurídica del penado. OFICIESE. CUMPLASE.
LA JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,

ABG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el No. 387-08, y se libraron oficios bajo los números 5503, 5504, 5505, 5506, 5508, 5509, 5510, 5511 Y 5512-08 y se libra Boleta de Notificación bajo el N° 830-08 con oficio N° 5507-08 al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.-
LA SECRETARIA

CAUSA N° 7E-070-08
MMA/mv