REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
MARACAIBO, 09 DE JUNIO DE 2008
198° Y 149°
RESOLUCIÓN N° 475-08 CAUSA 6E-616-08.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 06-05-2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Municipio Rosario de Perija, en contra de los penados LUIS JAVIER VERA SARMIENTO, titular de la cedula de Identidad N° V-14.233.016, de nacionalidad Venezolana, natural de Caja Seca, de 32 años de edad, soltero, profesión u oficio ayudante de mecánica, hijo de Luis Alfonso Vera y Ana Victoria Sarmiento, residenciado en el sector Funda de Perijá, de la Parroquia San José, Machiques de Perija, Estado Zulia, Y HERVIN JOSE MARTINEZ ARAUJO, titular de la cédula de identidad N° 18.203.466, hijo de Elvis Jose Martinez y Iria Rosa Araujo Aguilar, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS, CUATRO MESES DE PRISION más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE COAUTOR Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458, en concordancia con el articulo 84 numeral tercero y artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos José Enrique Espina y Argelina Maria Herazo, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a realizar el Computo de Pena, de la siguiente manera:
Así tenemos que, consta en actas que los penados LUIS JAVIER VERA SARMIENTO, fueron detenidos en fecha 30-04-2007; por lo que hasta el día de hoy 09-06-2008 fecha en que se practica el presente computo de pena: llevan detenidos: UN (01) AÑO, UN MES Y NUEVE DIAS. Faltándoles por cumplir: NUEVE (09) AÑOS, DOS MESES Y VEINTIUN DIAS.
En consecuencia los mencionados penados cumplirán la Pena Principal el día: 30-08-2017.
Cumplirán una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 30-11-2009, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.
Cumplirán una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 10-10-2010, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.
Cumplirán las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 20-03-2014, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.
Cumplirán las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 30-01-2015, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.
Finalmente, se hace de su conocimiento que quedarán sometidos a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por Una Quinta (1/5) parte de la pena impuesta, la cual cumplirán el día 24-09-2019 . ASÍ SE DECLARA.
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DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN MUNICIPIO ROSARIO DE PERIJA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN ESTADO DE EJECUCION LA PRESENTE CAUSA y DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir por los Penados LUIS JAVIER VERA SARMIENTO, titular de la cédula de identidad No. V-14.233.016 Y HERVIN JOSE MARTINEZ ARAUJO, titular de la cédula de identidad N° 18.203.466. Se acuerda librar boletas de Encarcelación y remitir junto con oficio al Reten Policial El Marite y a la Cárcel Nacional de Maracaibo, así mismo se libra boletas de notificación al penado, a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa, asimismo se ordena Oficiar al Departamento de Alguacilazgo remitiendo las boletas respectivas. Regístrese, Notifíquese y remítanse las copias de ley.
JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN.
DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARD ECHETO M.
En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No. 475-08 en el Libro de registro de resoluciones llevado por este tribunal, remitiendo los oficios N° 2982, 2983 y 2934-08, junto con las boletas de notificaciones respectivas.
EL SECRETARIO,
HCV/gladys.-
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