REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE
EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

MARACAIBO, 16 DE JUNIO DE 2008
197° y 148°

RESOLUCIÓN N° 510-08. CAUSA 6E-598-08.


Vista la solicitud interpuesta en esta misma fecha, interpuesta por el penado FREDDY JOSE VERA TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.845.337, quien se encuentra gozando del beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, mediante la cual solicita Permiso Especial, para viajar a la ciudad de Caracas, a los fines de tramitar asuntos legales, y la ciudad de Punto Fijo, a visitar a su mama; este tribunal pasa a resolver y lo hace bajo las siguientes consideraciones:
Consta en actas que el referido penado fue condenado por el Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia (Extensión Cabimas), en fecha 11-03-2008, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA.
Asimismo, en fecha 11-06-2008, este Juzgado de Ejecución, le concedió al penado FREDDY JOSE VERA TORRES, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, observándose que el mencionado penado ha venido cumpliendo con todas las obligaciones impuestas, por lo que esta Juzgadora considera procedente en derecho OTORGAR al penado FREDDY JOSE VERA TORRES, EL PERMISO ESPECIAL para viajar a la ciudad de Caracas, a los fines de tramitar asuntos legales, y la ciudad de Punto Fijo, a visitar a su mama; bajo la Supervisón de este Juzgado de Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, desde el día Martes 17-06-08 hasta el Domingo 25-06-08 debiendo presentarse el día Jueves 26-06-08 por ante este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al penado FREDDY JOSE VERA TORRES, titular de la Cédula de Identidad V-12.845.337, el PERMISO ESPECIAL para viajar a la ciudad de Caracas, a los fines de tramitar asuntos legales, y la ciudad de Punto Fijo, a visitar a su mama; desde el día Martes 17-06-08 hasta el Domingo 25-06-08 debiendo presentarse el día Jueves 26-06-08 por ante este Tribunal, solicitado por el mismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Registrase la presente Decisión. Líbrese Boleta de Notificación a las partes y remítase con oficio al Departamento de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Líbrese oficio a la Cárcel Nacional de Maracaibo.
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,



DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
EL SECRETARIO,


ABG. RICHARD ECHETO MAS Y RUBI.


En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el Nº 510-08.




EL SECRETARIO,



HCV/darmis.-
CAUSA Nº 6E-598-08.-