República Bolivariana De Venezuela
Poder Judicial



Juzgado Primero de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia

Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de 2008
198º y 149º

Decisión N° 0411 - 2008 Causa Penal N° C.01.3937.2008

Vista la solicitud de sobreseimiento de la presente causa planteada por el Abogado JOSE ANGEL CAMACHO REYES, Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, pasa el Tribunal a decidir dicha solicitud, sin necesidad de convocar a las partes a una audiencia oral para debatir los fundamentos, toda vez que para comprobar el motivo, no es necesario el debate, ya que previo análisis realizado de las actuaciones que conforman el presente expediente, se observa que el ciudadano GUSTAVO ADOLFO MENDEZ MONTIEL, conductor del vehículo involucrado en el accidente de tránsito, falleció.

DESCRIPCION DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION


Se inició la presente averiguación penal por ante la Dirección de Vigilancia, Unidad Estadal de Vigilancia y Transito Terrestre N° 62 Mérida, mediante acta policial, levantada por el funcionario WILSON JOSÉ ARELLANO SOSA, en fecha 16 de Febrero de 2001, con ocasión de un accidente de tránsito, volcamiento fuera de la vía con saldo de cinco personas lesionadas, ocurrido en la vía el Pino, metros antes de llegar a la Hacienda La Esperanza, Estado Zulia, resultando involucrado un vehículo Camioneta, Placas: 10T-VAD, Marca: Ford, Color: Azul, Año: 1998, Tipo: Pick up, conducido por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO MENDEZ MONTIEL, quien al ingresar al Hospital Antonio José Uzcategui de Tucani, fue referido al H.U.L.A, falleciendo en el traslado.

Habiéndose practicado todas las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos que nos ocupan, en fecha 30 de Mayo de 2008, se recibió del ciudadano JOSE ANGEL CAMACHO REYES, Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, las actuaciones que conforman la presente causa, conjuntamente con escrito de solicitud de sobreseimiento, de conformidad con el orinal 1, del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que no hay suficientes elementos en actas que comprueban que las lesiones por las cuales se dio inicio a la presente investigación, efectivamente se hayan realizado. (Sic).

RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO

Ahora bien, analizadas como han sido las presentes actuaciones, observa éste Tribunal que de autos se acredita que en fecha 16-02-2001, aproximadamente a la una y treinta minutos de la mañana, ocurrió un accidente de tránsito con resultado de varias personas lesionadas, donde el causante del referido accidente ciudadano Gustavo Adolfo Méndez Montiel falleció. En ese sentido, de acuerdo con el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, son causas de extinción de la acción penal las siguientes:
1. La muerte del imputado;
2. La amnistía;
3. El desistimiento o el abandono de la acusación privada en los delitos de instancia de parte agraviada;
4. El pago del máximo de la multa, previa la admisión del hecho, en los hechos punibles que tengan asignada esa pena;
5. La aplicación de un criterio de oportunidad, en los supuestos y formas previstos en este código;
6. El cumplimiento de los acuerdos reparatorios;
7. El cumplimiento de las obligaciones y del plazo de suspensión condicional del proceso, luego de verificado por el por el Juez, en la audiencia respectiva;
La prescripción, salvo que el imputado renuncie a ella.

En consecuencia, visto que el ciudadano Gustavo Adolfo Méndez Montiel, conductor del vehículo Camioneta Placa: 10T-VAD, Marca: Ford, Color: Azul, Año: 1998, Tipo: Pick up, falleció, se declara el sobreseimiento de la causa por extinción de la acción penal, de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 1eiusdem. Así se Decide.

DISPOSITIVA DE LA DECISION

Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el Sobreseimiento de la presente causa, seguida contra el ciudadano GUSTAVO ADOLFO MENDEZ MONTIEL, por uno de los delitos Contra las Personas, Lesiones Culposas, en perjuicio de los ciudadanos OSCAR AURELIO MÉNDEZ, OSNEIDA YÉPEZ MIRANDA, ILSE JOHANA MÉNDEZ HERNÁNDEZ y ANA MILENA RAMÍREZ GODOY, por extinción de la acción penal, al producirse la muerte del imputado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 1 eiusdem. Regístrese y notifíquese la presente Decisión. Cúmplase.
El Juez de Control,



Abg. José Luis Molina Moncada


La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández Fernández

En esta misma fecha se registró la presente Decisión bajo el Nº 0411-2008 y se ofició bajo el N° 1521-2008.
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández Fernández