REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 18 de Junio de 2008
198º y 149º

DECISION N° 0450 - 2008 CAUSA PENAL N° C.01-3364-2008

Visto el contenido del escrito, presentado por la Abogada PATRICIA ESPINOZA OLIVO, Defensora Pública N° 06 Penal Ordinario, actuando en defensa del ciudadano WALDO JOSE RINCON TROCONIS, mediante el cual solicita de conformidad con el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por vía de examen y revisión, se le extienda el plazo de presentación periódica de su defendido por ante el Tribunal, a cada Treinta (30) días, fundamentando dicho pedimento, que su defendido tiene más de tres meses cumpliendo sus presentaciones de manera cabal y responsable. En cuanto a dicho pedimento, se acuerda proveer de conformidad con lo solicitado, toda vez que, de una revisión realizada al libro de presentación de imputados, llevado por este Tribunal, se evidencia que el ciudadano WALDO JOSE RINCON TROCONIS, ha venido dando cumpliendo con las presentaciones periódicas como le fueron impuestas. En consecuencia, se amplía a una vez por cada Treinta (30) días, el término de las presentaciones al ciudadano WALDO JOSE RINCON TROCONIS, las cuales deberán realizarse por ante este Tribunal de Control. Así se decide.

Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AMPLIA a una vez por cada Treinta (30) días el término de las presentaciones al ciudadano WALDO JOSE RINCON TROCONIS, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 05-08-1972, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.288.288, Soltero, Comerciante, alfabeto, hijo de WANDO ENRIQUE RINCON URDANETA y de MARIA TROCONIS, y residenciado en la Avenida 7, casa N° 1-63, frente al Retén Policial, San Carlos, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien se le instruye causa penal signada bajo el N° CO1.3364.2008, seguida PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal de Venezuela, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, las cuales deberá realizar por ante este Juzgado. Todo de conformidad a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión Notifíquese. Cúmplase.-
El Juez de Control,


Abg. José Luis Molina Moncada

La Secretaria,


Abg. Lixaida Maria Fernández Fernández
En esta misma fecha se registró la presente decisión bajo el Nº 0450 - 2008 y se ofició bajo el N° 1658 - 2008.-
La Secretaria,

Abg. Lixaida Maria Fernández Fernández