REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUCIO- JUEZ UNIPERSONAL No.4
EXPEDIENTE: N° 02792
CAUSA: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: MARIA DEL ROSARIO MONTANA MONTIEL
ADOLESCENTE: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)
PARTE NARRATIVA
Ocurrió por ante este el órgano distribuidor del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la ciudadana MARIA DEL ROSARIO MONTANA MONTIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.611.612 y domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio SOL VELAZCO MUJICA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 43.559; solicitando se declare en su condición de cónyuge, al adolescente (SE OMITE EL NOMBREPOR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y al ciudadano KELVIS JOSE MONTIEL MONTANA, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE TRINIDAD MONTIEL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.802.045, fallecido ab-intestato el día 27 de Diciembre de 2007.-
Recibida la anterior solicitud, por auto de fecha 13 de Mayo de 2008, se le dio entrada y curso de Ley a la misma, ordenándose la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cuál se llevó a efecto en fecha 03 de Junio de 2008 y agregada a las actas en fecha 11 de Junio de 2008; así como oir la opinión del adolescente (SE O MITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD).-
PARTE MOTIVA
El solicitante consignó copia certificada del acta de defunción del causante signada con el N° 1598 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento del adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), signada con el N° 293 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano KELVIN JOSE MONTIEL MONTANA, signada con el N° 2215 emanada de la Prefectura del Municipio San Francisco Distrito Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de matrimonio entre los ciudadanos José Trinidad Montiel y María del Rosario Montana Montiel, signada con el N° 523 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia. Tales pruebas se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran la filiación, así como el fallecimiento del causante. Igualmente consignó la solicitante Justificativo de Testigo evacuado por ante la Notaría Pública de San Francisco del Estado Zulia, donde declararon los ciudadanos JOANNA MERCEDES SOLANO MOSQUERA, YASENIA ANGULO DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.394.821 y 7.604.064 respectivamente; tal prueba testifical se aprecia en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la vocación hereditaria alegada por la solicitante.-
En consecuencia, se concluye en la veracidad de los hechos alegados; por la cuál este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio N° 4, declara al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a los ciudadanos KELVIS JOSE MONTIEL MONTANA Y MARIA DEL ROSARIO MONTANA MONTIEL como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE TRINIDAD MONTIEL. ASI SE DECLARA.-
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara al adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a los ciudadanos KELVIS JOSE MONTIEL MONTANA Y MARIA DEL ROSARIO MONTANA MONTIEL como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE TRINIDAD MONTIEL, quién falleció en el Estado Zulia, según acta de defunción consignada. Se dejan a salvo los derechos a terceros. Expídase copia certificada por secretaría del presente fallo y devuélvase sus originales a la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los dieciséis (16) días del mes de Junio de 2008 Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA
ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA
EN ESTA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR RESOLUCION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 60. LA SECRETARIA.-
EM/natalia
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