REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-

Maracaibo, 25 de Junio de 2008
198° y 149°

Vista la diligencia de fecha 17 de Junio del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio OSCAR VELARDE RINCON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.444, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, y por cuanto el Tribunal constata el vencimiento del término concedido a la parte demandada para el cumplimiento voluntario, acuerda la ejecución Forzosa del Decreto Intimatorio dictado por este Juzgado el día 04 de Abril de 2008, y de conformidad con el Articulo 526 del código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 524 ejusdem, se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre los bienes muebles o inmuebles propiedad de la demandada, Sociedad Mercantil OCCIDENTAL DE MEDICAMENTOS. C.A, hasta alcanzar la suma de CUARENTA Y TRES MIL DIEZ BOLÍVARES FUERTES CON 07 cts. (Bs. 43.010,07) que es el doble de la suma adeudada más el veinte por ciento (20%), costas procesales y honorarios profesionales. Para la ejecución de la medida se comisiona suficientemente para la ejecución de la medida decretada al
JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARÁ, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Líbrese despacho.-

El Juez Provisorio,

CARLOS RAFAEL FRÍAS
La Secretaria,

Maria Rosa Arrieta Finol

CRF/ubal