REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Por solicitud de fecha Nueve (09) de Abril del presente año, el ciudadano JUAN JOSÉ GONZALEZ SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 19.706.732, domiciliado en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio LUISA CHAVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 51.920, ocurrió para solicitar la Rectificación del Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 3.648 levantada el día Diecinueve (19) de Octubre del año 1989, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los Artículos 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de que se corrija el numero de cedula de identidad de su madre la ciudadana MARIANELA DEL CARMEN SALCEDO MUÑOZ, el cual es 9.312.975, y que al momento de asentar el Acta de Nacimiento en la mencionada Jefatura Civil se colocó 9.312.925, según se evidencia de la respectiva partida.-
Por auto de fecha Diez (10) de Abril del año 2008, este Juzgado admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal VIGESIMO NOVENO (29°) del MINISTERIO PÚBLICO.-
En fecha Seis (06) de Mayo del año 2008, se agregó a las actas la Boleta de Notificación del representante del Ministerio Público.-
Llegada la oportunidad para dictar Sentencia este Juzgador lo hace previa las siguientes consideraciones:
Observa este Juzgado, que en la copia certificada del Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 3.638 del ciudadano JUAN JOSE GONZALEZ SALCEDO, levantada por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día Diecinueve (19) de Octubre del año 1989; se coloco el numero de cedula de identidad de su madre la ciudadana MARIANELA DEL CARMEN SALCEDO MUÑOZ, como 9.312.925, según se evidencia de la respectiva Acta de Nacimiento, ahora bien este Juzgado considera suficientemente probado que en dicha Acta expedida por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día Diecinueve (19) de Octubre del año 1989, se cometió dicho error involuntario, por lo cual de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil se declara con lugar la Rectificación solicitada.- ASI SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO DEL CIUDADANO JUAN JOSE GONZALEZ SALCEDO y en consecuencia se ordena rectificar dicha Acta de Nacimiento Nro. 3.648 en los libros que lleva la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa y el Registro Principal ambos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido que se asiente el numero de cedula de identidad de su madre la ciudadana MARIANELA DEL CARMEN SALCEDO MUÑOZ, el cual es 9.312.975, dejándose corregido de esta manera el error involuntario cometido al asentarse el acta.- Háganse las debidas participaciones de Ley.- ASI SE DECLARA.-
No hay condenatoria en costas.-
Déjese por secretaría copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Remítase copia certificada de esta sentencia a la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y al Registro Principal del Estado Zulia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los Diecinueve (19) días del mes de Junio del año Dos Mil Ocho (2008).-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.-
LA SECRETARIA,

MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-


Siendo las nueve de la mañana (9: 00 a. m.) del mismo día, se dictó y publicó la anterior sentencia, la cual quedó anotada bajo el número: 105.-
LA SECRETARIA,

MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-



CRF/vane.-