REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES













REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES













REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, tres de Junio de 2008
198° y 149°


En el día de hoy, tres de Junio del año Dos Mil Ocho, siendo las doce y treinta minutos de la tarde, presentes en la Sala del Despacho de este Tribunal los ciudadanos FERNANDO LUIS BRONBIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, en su carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BRONBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 70.006 por una parte, y por la otra el ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Residente N°. E- 80.592.783, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.466.794. Quines consignaron en este acto el Escrito del pago realizado al ciudadano BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes plenamente identificado, así mismo en este acto consigna el pago efectivo de las costas señaladas en la comisión, que es la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F-300,oo) para que sean remitidos al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

Por la Demandada
Fernando Luis Bronbin Carroz
Abogado Asistente:
José Domingo Puerta
El Demandante,
Bernardo José Machado Dávila
Procuradora del Trabajo:
Yoleida Teresa Vega Márquez.

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
Ciudadano
Juez Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Colón, Jesús María Semprún, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-
Su Despacho.-

Nosotros, FERNANDO LUIS BROMBIN CARROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.778.164, actuando en mi carácter de Presidente de la Empresa CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, parte demandada en la presente causa y plenamente identificada, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JOSE DOMINGO PUERTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.136.937, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.006, por una parte y por la otra el ciudadano BERNANRDO JOSE MACHADO DAVILA, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.592.783, actuando en mi carácter de parte demandante en el presente Juicio y debidamente asistido en este acto por la Procuradora YOLEIDA TERESA VEGA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.466.794, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.477, de mutuo y común acuerdo y con la finalidad de evitar el traslado y ejecución en la presente comisión; la parte demandada CONSTRUCCIONES BROMBIN, COMPAÑÍA ANONIMA, cancela en dinero efectivo y de legal circulación en el País, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000,oo) que es el remanente o saldo restante del monto acordado como transacción en la presente causa, así mismo se cancela en este mismo acto en dinero efectivo y de legal circulación en el país, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo) por concepto de costas, tal como se establece en la comisión respectiva.- Y yo, BERNARDO JOSE MACHADO DAVILA, antes identificado, declaro que recibo en este acto la cantidad de dinero antes indicada (Bs. F. 10.000,oo), con lo cual queda cancelado el 100% del monto acordado en la transacción realizada en la causa que motivo la presente comisión, monto total este que ascendía a la cantidad de Veinticinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 25.000,oo).-
Así lo decimos y firmamos en Santa Bárbara de Zulia, a la fecha de su presentación.-

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Bernardo José Machado Procuradora Yoleida Vega

FIRMADO ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL
Abg. Asistente: José Domingo Puerta Fernando Luis Brombin Carroz
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 04 de Junio de de 2008
198° y 149°


Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-

El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ

El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES


En la misma fecha conforme a lo ordenado se remite constante de diez (10) folios útiles, mediante Oficio número 6150-059.-



El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES