REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, 12 de Junio de de 2008
198° y 149°
En el día de hoy, Jueves doce (12) de Junio del año Dos Mil Ocho (2008), día y fecha fijado para llevar a efecto este acto, y siendo las nueve y cincuenta minutos de la mañana, se trasladó y constituyó este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Jesús María Semprún, Catatumbo, Colón, Francisco Javier Pulgar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al señalamiento del ciudadano Ejecutante: EDUARDO MATEO MATA BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.142.599, asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo abogada MARIA EUGENIA LEMUS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.925.232, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°.83.804, en la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Zulia, ubicada en la Calle Principal de la población de Bobures, Municipio Sucre del Estado Zulia, a los fines de practicar MEDIDA DE EJECUCION FORZOSA, hasta por la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 40/100 (Bs. F-5.949,40), según lo ordenado en el Expediente signado con el N°. 678-2.003 por el Juzgado del Municipio Sucre del Estado Zulia para lo cual fue suficientemente Comisionado este Juzgado Especial Ejecutor de Medidas. Esta Jurisdicción ubicada en la Oficina de la Sindico Procuradora de esta Alcaldía ciudadano ABG. VIVIANA MORENO COBARRUBIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V_11.798.482 se procedió a Notificarla de la presente Comisión. En este estado la ciudadana Sindico Procuradora ocurrió y expuso: “Existe la voluntad de cancelar la cantidad emanada de Prestaciones Sociales, sin embargo apegado a la Ley del Poder Público Municipal tendríamos que apegarnos a que la cantidad sea presupuestada para el ejercicio Fiscal 2009. No obstante con el animo de proteger a la parte débil, en este caso a la parte trabajadora, se conviene cancelar el día Lunes dieciséis de Junio del 2008 una vez cumplido los trámites administrativos pertinentes; de igual forma se le reconocerá la cantidad de MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F-1000,oo) ocasionados por los costos de ejecución y de la cual se deja constancia en este acto, mediante una fotocopia simple que se anexa, es todo”. En este estado el ciudadano EDUARDO MATA MATEO, ya identificado, debidamente asistido por la Procuradora del Trabajo ocurrió y expuso: “Acepto el pago que por mis Prestaciones Sociales y gastos de ejecución ofrece en pagar la representación de la Alcaldía del Municipio Sucre en tiempo arriba estipulado; así mismo solicito al Tribunal sea remitido el Expediente al Tribunal Comitente, es todo”. Esta Jurisdicción Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, declara: Ejecutada formalmente la Comisión conferida a este Tribunal y ordena remitir el Expediente al Tribunal de la causa de conformidad con lo solicitado. Enmendado: Sea. Vale. Siendo las diez y treinta minutos de la mañana, se dio por cerrado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ.-
La Ejecutante y su abogada asistente Procuradora del Trabajo.
La Notificada Sindico Procuradora de la Alcaldía Municipio Sucre.
El secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS JESUS MARIA SEMPRUN, CATATUMBO, COLON, FRANCISCO JAVIER PULGAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Santa Bárbara de Zulia, doce de Junio de de 2008
198° y 149°
Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena devolver Original con sus resultas al Juzgado comitente, mediante Oficio. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. FRANCISCO JAVIER GONZALEZ
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES
En la misma fecha conforme a lo ordenado se devuelve constante de Ocho (08) folios útiles, mediante Oficio número 6150-067.-
El Secretario,
JOSE DAMACIO RODRIGUEZ FLORES.-
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