REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En el día de hoy,20 de Junio del año dos mil ocho, en horas de despacho, siendo las 9:15 a.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó este Tribunal EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte ejecutante, en la Oficinas de la Empresa P.D.V.S.A. PETROLEO S.A., ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de darle cumplimiento a la medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en el juicio que por DIVORCIO, seguido por la ciudadana: JOSEFINA DEL CARMEN ESCALONA DE MARIN, titular de la cédula de identidad No. V-4.527.438, en contra del ciudadano: MARTIN JESUS MARIN, titular de la cédula de identidad No.V-5.715.066 .- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo al (la) ciudadano (a): JESUS QUINTERO, quien es mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No V- 15.557.984, en su carácter de: ASIETNTE DE GESTION.- Seguidamente el Tribunal le notifico que el Tribunal de la causa, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del Artículo 191 del Código Civil, en concordancia con los artículos 585 y 588 del código de Procedimiento Civil, decretó MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de: MERITOCRACIA, PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES, CAJA DE AHORROS E INTERESES, FIDEICOMISO Y SUS INTERESES, que le pudieran corresponder al ciudadano: MARTIN JESUS MARIN, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A. PETROLEO S.A., .- Acto seguido este Tribunal CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de: MERITOCRACIA, PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES, CAJA DE AHORROS E INTERESES, FIDEICOMISO Y SUS INTERESES, que le pudieran corresponder al ciudadano: MARTIN JESUS MARIN, antes identificado. Asimismo este Tribunal le hace saber al notificado que deberá remitir mediante cheque de gerencia las cantidades Embargadas a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- En este estado presente el notificado con el carácter anteriormente expresado, expuso: me doy por notificado (a) del contenido de la presente acta, a reserva de verificar: PRIMERO: Si el demandado es o no titular de algún crédito o acreencia en esta empresa, SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente; TERCERO: Si existe alguna acreencia u obligación a favor de mi representada, que esté garantizada con aquellas cantidades que por cualquier concepto le puedan corresponder al demandado; CUARTO: Si existe otra medida de Embargo que afecte los haberes de la empresa demandada, con anterioridad a la presente fecha.- QUINTO: Si existen cesiones de créditos notificadas legalmente con antelación a la presente fecha. SEXTO: Sin perjuicio de los derechos y recursos que pueda alegar y ejercer el propio demandado.- El Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento en la ejecución de la presente medida, a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en referencia a la gratuidad de la Justicia, artículos 26 segundo aparte y 254 de la norma citada, así dan fe las partes intervinientes y firmantes en la presente actas. Concluyó el acto siendo 9:20 a.m..- Terminó, se leyó y conforme firman.-
LA JUEZ,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL NOTIFICADO,



LA SECRETARIA,

ABOG. LINDA AVILA NUÑEZ


ZC/Gonzalez b
Comisión No.4008-2008
Exp. No.34.421