REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 4.011.-

En horas de despacho del día de hoy 06 de Junio del año dos mil ocho, siendo las 10:15 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en las Oficina de la Zona Educativa, ubicadas en el Edificio La Estrella, Avenida 8 (Santa Rita) del Municipio Maracaibo Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES, sigue BEATRIZ DEL CARMEN CORZO CAMARILLO, portadora de la Cédula de Identidad No. 4.527.976 contra la ciudadana MARLENE PORTILLO, portadora de la Cédula de Identidad No. 5.050.158.- En este estado presente el ciudadano(a): DEIDY URDANETA, Titular de la Cédula de Identidad No. 7.977.013, quien se identificó con el carácter de: SECRETARIA.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre los bienes muebles o Inmuebles propiedad de la parte demandada y la Abogada MARIA ARAUJO, inpreabogado No. 22.484, apoderada judicial de la parte actora, señaló para ser Embargadas las PRESTACIONES SOCIALES que le puedan corresponder a la ciudadana MARLENE PORTILLO, titular de la Cédula de Identidad No. 5.050.158, de la relación laboral que mantiene con el Ministerio de Educación y Deportes como Docente IV en la Unidad Educativa Andrés Eloy Blanco, ubicada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, todo hasta cubrir la cantidad de ONCE MIL CUARENTA Y CINCO CON SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 00/100 ( Bs. F 11.045,69 ).- Las cantidades de dinero embargadas por el concepto arriba mencionado deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- EXP: No. 50.182.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE. Las cantidades de dinero que por concepto de Prestaciones Sociales le puedan corresponder al demandado, hasta cubrir la suma anteriormente arriba señalada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- El Notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Institución, de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:20 AM.-

LA JUEZ:




EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO: