El día de hoy, 17 de Junio del año Dos Mil Ocho (2008), siendo las 11:30 de la mañana día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretada en el Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, seguido por la Ciudadana: VARGAS MENDOZA YOENYS DEL VALLE, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.129.642 en contra del ciudadano: PEROZO MEDINA LEWIS MORGAN, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.250.268 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 1 - Juez Unipersonal N° 1, y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora VARGAS MENDOZA YOENYS DEL VALLE, antes identificada asistida en este acto por la Defensora Publica Primera del Sistema de Proteccion del Niño y del adolescente de la extensión Cabimas, abogada DIAMELIS SANCHEZ, Titular de la cedula de identidad N° V-7.872.840 e inscrita en el inpreabogado bajo el N°52.261 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa CONSTRUCTORA LOS SESENTA, S.A ubicada EN LA CARRETERA “N” CON AVENIDA 51 ZONA INDUSTRIAL EN CIUDAD OJEDA MUNICIPIO LAGUNILLAS, Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): OSCAR RAMON FUENMAYOR, titular de la cédula de Identidad numero: 3.927.603 en su carácter de: SUPERVISOR DE RECURSOS HUMANOS de la Empresa CONSTRUCTORA LOS SESENTA, S.A.- En este estado presente la parte actora con la asistencia antes dicha, antes identificadas expuso: Señalo al tribunal para ser Embargado Preventivamente: PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES, FIDEICOMISO E INTERESES, en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte que le puedan corresponder al ciudadano PEROZO MEDINA LEWIS MORGAN, antes identificado a la terminación de sus servicios.- SEGUNDO: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las cantidades de dinero por concepto de PRIMAS POR HIJOS, JUGUETES Y UTILES, beneficios estos que le otorga la empresa antes mencionada a los hijos de sus trabajadores.-Y una vez se haga efectiva la presente medida las cantidades de dinero por dicho concepto deberán ser remitidas al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 1 - Juez Unipersonal N° 1, en cheque de gerencia a nombre del mismo.-
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