REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Diecisiete (17) de Junio de 2008
197º y 148º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2008-000100
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: LAUDINA GONZALEZ DE CANO (NO COMPARECIÒ.) APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIERON), PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA BOHORQUEZ, C.A.; APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: BEATRIZ LINARES HEREDIA, (Compareció); PARTE CODEMANDADA: LUCAS BOHORQUEZ; APODERADA JUDICIAL DEL CODEMANDADO: BEATRIZ LINARES HEREDIA; MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES. En el día de hoy Martes diecisiete (17) de Junio de 2008, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) , fecha y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar previa verificación de los lapsos procesales por secretaría y realizado el anuncio de Ley por el Alguacil de este Circuito Laboral, el Tribunal se avocó al conocimiento de la presente causa, El ciudadano juez de este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: BEATRIZ LINARES HEREDIA en su condición de apoderada judicial de la demandada y codemandado. El ciudadano Juez de este Despacho deja constancia de la Incomparecencia del demandante y de sus apoderados judiciales por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento debido a la no comparecencia del demandante LAUDINA GONZÀLEZ DE CANO ampliamente identificada en actas, y sus apoderados judiciales, en consecuencia declara terminado el proceso. Publíquese, Regístrese, Archívese y déjese copia certificada. Se levantó la presente acta a las dos y veinte y cinco minutos de la tarde. (02:25 p.m.), la cual firman:
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI
LA SECRETARIA
JOSELYN URDANETA
LA APODERADA JUDICIAL DE LA
DEMANDADA Y CODEMANDADO
DRA. BRATRIZ LINARES HEREDIA.
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