REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Treinta (30) de Junio de Dos Mil Ocho (2008).-

198° y 149°

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio, intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

DEMANDANTE: ALEXANDER MAIZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.092.438 y de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE: PETRA SILVA, en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 91.049 y de este domicilio.

DEMANDADOS: FRANKLIN JOSE ASUAJE y la empresa MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., el primero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.414.218 y de este domicilio.

ABOGADO APODERADO: NO CONSTITUYERON ABOGADO ALGUNO.

ASUNTO: INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS (TRANSITO)
EXP 0784

UNICO

Por cuanto se observa en autos que desde la fecha 21-01-2008 hasta la presente fecha, ha transcurrido con creces el lapso acordado en la admisión de la presente demanda, para que la parte interesada colocará a disposición del Alguacil los medios y/o recursos necesarios para practicar la citación de los demandados, y dado que no consta en autos que haya realizado ninguna actuación para cumplir con la responsabilidad que le impone la ley, tal como lo ha sostenido la Sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 06-07-2004; en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la circunscripción judicial del Estado Monagas, en atención a lo dispuesto en el artículo 267 ordinal primero del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA. En consecuencia, se ordena el Archivo del Expediente.


Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de esta circunscripción judicial, a los Treinta (30) del mes de Junio de Dos Mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.


Regístrese, Publíquese y Déjese copia.



El Juez Temporal


Abog. Angel Silva Acuña

La Secretaria Acc.,


Sra. Juana Alarcón de Acosta

Exp. 0784
ASA/m.r.-