REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, dieciséis (16) de junio de 2008
ACTA DE TRANSACCION
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002453
PARTE ACTORA: MARIA LOPEZ, titular de la cédula de identidad: 15.282.937.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARLY PÉREZ, Inpreabogado: 105.261.
PARTE DEMANDADA: LABORATORIOS R.A COMPAÑIA ANONIMA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ADOLFO ROMERO, Inpreabogado: 34.131. .
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Hoy, 16 de junio de 2008, siendo las 3:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos MARIA LOPEZ, asistida por la abogada ARLY PÉREZ, Procuradora de los Trabajadores, y ADOLFO ROMERO, apoderado judicial de la demandada LABORATORIOS R.A COMPAÑIA ANONIMA, quienes han llegado a un acuerdo que se especifica mediante escrito que consignan en este acto para ser agregado al expediente, constante de 04 folios útiles; y que forma parte de esta acta; por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 5.000,00), y con el objeto de ponerle fin a este proceso, por ello ambas partes, de total y mutuo acuerdo, han convenido la transacción de los conceptos reclamados en esta causa, y las prestaciones sociales pendientes. El pago de lo transado se realizará mediante dos cuotas; la primera en este acto por Bs. 4.000,00, según lo expresado en acta de transacción; y la segunda en fecha 16 de julio de 2008, por la cantidad de Bs. 1.000,00; y por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION , MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, homologue el presente arreglo y ordene el archivo del expediente. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.
La Juez
La Secretaria
Mgs. Judith Castro de Mendoza
Las Partes.
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