REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinticinco de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : VP01-L-2006-002370
Por recibida el día de hoy, y visto el escrito de fecha diecinueve (19) de junio de 2008, suscrita por el ciudadano PEDRO FARRAYAN, titular de la cedula de identidad No.83.144.200, asistido por la profesional del Derecho ARLY PEREZ, y por otra parte la profesional del Derecho MARISABEL RANGEL, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil SEGURIDAD Y VIGILANCIA GUARDA, C.A., mediante el cual dejan constancia de la realización del pago realizado ante este Tribunal, así mismo, anexan copia simple del cheque de Gerencia del Banco Provincial No.00000020, librado contra la cuenta corriente No.01080086250100117753, por la cantidad de Bs.3.000,00, que en este acto se entrega constante de un (01) folio útil y solicitan el archivo del expediente; este Tribunal lo recibe, le da entrada y ordena agregar a las actas, asimismo visto el cumplimiento del acuerdo celebrado entre las partes se Homologa la Transacción realizada por las partes, otorgándole el carácter de cosa juzgada, se da por Terminado el presente asunto, y se ordena su archivo definitivo.
El Juez
Abog. Hugo Cordero
La Secretaria,
Abog. Brisjaida Gómez P.
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