REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 31 de Julio de 2008
195º y 147º
DECISION N° 529-08 CAUSA N° 7E-062-08
Vista la diligencia que antecede, interpuesta por el penado JESUS ALBERTO SOLARTE FUENMAYOR, titular de la cédula d identidad N° 18.516.508, quien goza del Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, mediante el cual solicita permiso para realizar un viaje a la población de Cojoro en virtud de que su progenitora YARITZA FUENMAYOR estudia en la Misión Robinsón y tiene que realizar una excursión los dias Sábado y Domingo (02 y 03 de Agosto del presente año) y tiene que asistir con un acompañante . Este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, acuerda proveer de conformidad a lo solicitado y en consecuencia otorga al mencionado penado el permiso respectivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.-
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el PERMISO al penado JESUS ALBERTO SOLARTE FUENMAYOR, titular de la cédula d identidad N° 18.516.508, quien goza del Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, para viajar a la población de Cojoro con su progenitora YARITZA FUENMAYOR, los dias Sábado 02-08-2008 y Domingo 03-08-2008, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se deja constancia que en este mismo acto, se expidió la constancia respectiva al penado, quedando notificado de la presente decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, y Notifíquese a las partes.
LA JUEZ SEPTIMO DE EJECUCION
DRA. MYRIAM MESTRE ANDRADE
LA SECRETARIA,
ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el Nº 529-08, se libro la correspondiente Boleta de Notificación Nº 1147-08 y 1148-08 y se remite con oficio al Departamento de Alguacilazgo, bajo el 7197-08 se ofició bajo el Nº 7205-08 a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario.-
LA SECRETARIA
MMA/lm
Causa N° 7E-062-08.
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