REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTODE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 22 de Julio de 2008
198° y 149°


DECISIÓN No 398-08 CAUSA N° 4E-072-02

Vista la Solicitud de la Defensa Publica del penado ADELMO ENRIQUE ARRIETA, en donde solicita la posibilidad de extender sus presentaciones a cada dos (2) meses; este tribunal pasa a resolver y lo hace en base a las siguientes consideraciones:

En fecha 01 de Noviembre de 2006, mediante Decisión N° 375-06 este Juzgado Cuarto de Ejecución concedió el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado ADELMO ENRIQUE ARRIETA, titular de la cédula de identidad No. V-15.391.118; quien fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILICITO DE ARMA; Asimismo, de la revisión realizada en el Libro de Presentaciones, se pudo constatar que el prenombrado penado ha cumplido a cabalidad con las presentaciones impuestas por este Tribunal; en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Ejecución, acuerda extender el lapso de presentaciones al referido penado a cada dos (2) meses, en virtud de que el mismo ha venido cumpliendo fielmente con las obligaciones que le fueron impuestas al momento de concederle el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL. ASÍ SE DECLARA.

Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES A CADA DOS (2) MESES, al penado ADELMO ENRIQUE ARRIETA, titular de la cédula de identidad No. V-15.391.118, plenamente identificado en actas, asimismo dicho penado deberá cumplir con el lapso de presentaciones por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario hasta el día 18-07-2010 que cumple su pena principal. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.-
EL JUEZ DE EJECUCION,

DRA. MARIBEL MORAN
LA SECRETARIA,

ABOG. MARISOL ESCOBAR


En la misma fecha se registro la presente Decisión bajo el No. 398-08 y se Oficio bajo los Nos. 3.423-08 y 3.424-08
LA SECRETARIA,




MM/rodolfo
Causa Nº 4E-072-02