REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 16 de Julio de 2008
198° y 149°
DECISION No. 384-08.- CAUSA 4E-282-08
Vista la Sentencia No. 19-08 Definitivamente firme dictada en fecha 19 de Junio de 2008 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual CONDENA al penado JORALBERTH LUCAS OCANDO MEJÍAS, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, nacido el día 24 de diciembre de 1981, de estado civil soltero, de profesión u oficio Motorizado, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.211.592, hijo de José Alberto Ocando y de Jenetsy Mejías, residenciado en el Sector Los Haticos por arriba, Barrio La Mano de Dios, Calle 20C, Casa N° 112B-06, Municipio Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR PTOVENIENTE DEL DELITO DE ROBO y PORTE ILÍCITO DE ARMA.-
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a Ejecutar la Sentencia en consecuencia se ordena librar Boleta de Citación al penado JORALBERTH LUCAS OCANDO MEJÍAS, a los fines de que comparezca por ante este Despacho el día JUEVES TREINTA Y UNO (31) DE JULIO DE 2008, a las 9:00 horas de la mañana, para que se de por notificado en compañía de su defensa de que este Juzgado se avocó al conocimiento de la causa seguida en su contra, así como de la referida sentencia. Igualmente se libra Boleta de Notificación a la representante Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público y a la Defensa Privada y se libraron los oficios respectivos.-
LA JUEZ SUPLENTE CUARTO DE EJECUCION
DRA. MARIBEL MORAN.-
LA SECRETARIA (S)
ABG. JESSICA SÁNCHEZ
En la misma fecha se registra la presente decisión bajo el N° 384-08 y se libraron los oficios respectivos.
LA SECRETARIA (S)
Causa 4E-282-08
MM/edialber
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