REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 18 de Julio de 2008
198° y 149°
RESOLUCIÓN Nº 501 -08 CAUSA N° 2E-272-08
Definitivamente firme como se encuentra, la sentencia dictada en fecha 06-06-2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, mediante la cual condena al penado: ALVARO LUIS CUBILLAN, Venezolano, natural de Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, de 23 años de edad, Fecha de Nacimiento: 06-11-1983, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, Titular de la Cedula de Identidad N° 16.990.033, hijo de Andrés Leonardo Cubillan y de María Ramona González y residenciado en el Sector Las Cuarentas, Calle Principal, Casa No. 22936-1, El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de LESIONES MENOS GRAVES O GENERICAS, previsto y sancionado en el Artículo 415 (hoy 413) del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ANDY DAEL MENDEZ PORTILLO; este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena de CINCO (05) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley; y por cuanto se observa que el mismo se encuentra gozando de la Libertad Plena, se ordena su comparecencia ante este Tribunal para el día Miércoles 06-08-2008, a las Diez de la mañana (10:30 AM), a los fines de imponerlo de las condiciones para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, prevista en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, como son: Acudir a la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario, para que le practique el Informe Técnico Psico-Social, Consignar el Certificado de Antecedentes Penales, Consignar Oferta de Trabajo o Constancia Laboral, y de ser procedente acordar la misma. ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del penado ALVARO LUISA CUBILLAN, Venezolano, natural de Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, de 23 años de edad, Fecha de Nacimiento: 06-11-1983, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, Titular de la Cedula de Identidad N° 16.990.033, hijo de Andrés Leonardo Cubillan y de María Ramona González y residenciado en el Sector Las Cuarentas, Calle Principal, Casa No. 22936-1, El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de LESIONES MENOS GRAVES O GENERICAS, previsto y sancionado en el Artículo 415 (hoy 413) del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ANDY DAEL MENDEZ PORTILLO, y en consecuencia, se ordena su comparecencia por ante este Tribunal de Ejecución para el día Miércoles 06-08-2008, a las Diez de la mañana (10:00 AM), a los fines de que se imponga de las condiciones establecidas en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y de ser procedente acordar la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Líbrese la Boleta de Citación.-
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCION
ABG. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET
LA SECRETARIA
ABOG. ROSA JULIA ZERPA
En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el Nº 501-08, se libraron Boleta de Citación y Notificación, y se oficio bajo los Nros: 4750-08, 4751-08, 4752-08 y 4753-08.-
LA SECRETARIA
ABOG. ROSA JULIA ZERPA
ARHH/Lisbeth.**
Causa 2E-272-08.-