República Bolivariana de Venezuela








Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio
Maracaibo, 18 de Julio de 2008
198° y 149°

Decisión No. 034-08 Causa No. 9M-203-06


Por cuanto el Defensor Público No. 19° ABOGADO CARLOS URDANETA, en su carácter de Defensor del acusado ENDER JOSÉ CEBALLOS, identificado en actas, ha solicitado a este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia la EXTENSIÒN DE LAS PRESENTACIONES de su defendido, este Tribunal con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a resolver en los términos siguientes:
I
DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD
Observa este Tribunal que este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que en fecha 19-06-2008, la Defensa solicita extender las presentaciones de su defendido, todo a fin de continuar garantizando el cumplimiento tanto de las obligaciones impuestas por el Tribunal como el deber y derecho al trabajo y a la estabilidad familiar para su propio bien y de la República, por cuanto el periodo de Presentaciones cada ocho (08) días resulta dificultoso para poder mantener su Defendido un trabajo Estable, es por lo que solicita se extienda las presentaciones a su defendido. Y ASI SE DECLARA
II
FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Observa este Tribunal que este Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que en fecha 10-08-2006, la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia presentó acusación en contra del acusado ENDER JOSÉ CEBALLOS, identificado en actas, por la presunta comisión del delito de ROBO EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el Ordinal 1° del artículo 84 de la Reforma Parcial del Código Penal, en perjuicio del adolescente NÉSTOR ALEXANDER MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, siendo que fue admitida por el Tribunal de Control y se ordena el auto de apertura a juicio, correspondiendo a este Tribunal; ahora bien, en fecha 19-06-2008, la Defensa solicita las extensiones de sus presentaciones, para lo cual consigna Carta de Trabajo emitida por el PRESIDENTE DE LA EMPRESA INBOCA ENNY BECERRA; por lo que a criterio de este Tribunal, como hasta la fecha ha cumplido con sus presentaciones y ha fundamentado su solicitud, se declara Con Lugar Extender sus presentaciones una vez cada Treinta (30) días, a partir de la presente fecha. Y ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Defensa; y en consecuencia EXTIENDE LAS PRESENTACIONES a favor del acusado ENDER JOSÉ CEBALLOS, identificado en actas, por la presunta comisión del delito de ROBO EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el Ordinal 1° del artículo 84 de la Reforma Parcial del Código Penal, en perjuicio del adolescente NÉSTOR ALEXANDER MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, UNA VEZ CADA TREINTA (30) DÌAS, A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 256, en concordancia con el artículo 264 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Publíquese. Notifíquese. Compúlsese.
LA JUEZ NOVENO DE JUICIO.-


DRA. DORIS NARDINI RIVAS

EL SECRETARIO,


ABOG. RICARDO MORALES.


En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el No. 034-08 en el Libro de Registro de decisiones llevado por este Tribunal en el presente año. Se libraron las correspondientes Boletas de Notificación y se remiten con oficio No. 1374-08 a la Coordinación del Departamento de Alguacilazgo.-
EL SECRETARIO,


ABOG. RICARDO MORALES.


CAUSA No. 9M-203-06.-