REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL. EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA


República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial



Juzgado Primero de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia,
Extensión Santa Bárbara de Zulia


Santa Bárbara de Zulia, 10 de Julio de 2008
198° y 149°

Decisión N° 0505 – 2008.- Causa N° CO1.1669.2007

Victo el contenido del oficio N° 24-FS-UAV-410-08, de fecha 19 de Junio de 2008, recibido por este Tribunal en fecha 03 de Julio de 2008, remitido por la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante el cual remite entrevista realizada al ciudadano SIMON EFRAIN MARTINEZ REYES, y visto así mismo el contenido del acta de Entrevista tomada al mencionado SIMON EFRAIN MARTINEZ REYES, de cuyo contenido se evidencia que la Medida de protección acordada en fecha 07 de febrero de 2006, a favor de los ciudadanos SIMON EFRAIN MARTINEZ REYES, y de sus hijos, sus hermanos OSMAR JOSE MARTINEZ REYES, su cónyuge e hijos, JHONATAN YEPEZ, su cónyuge e hijos y sus padres ARNOLDO YEPEZ y MARIA TERESA REYES, no fue ejecutada por el órgano de Policía de Investigación Penal comisionado para tal fin, esto es, Policía Regional del Estado Zulia, Departamento Policial Sucre, toda vez, que el ciudadano SIMON EFRAIN MARTINEZ REYES, en la entrevista tomada por ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público, manifestó lo siguiente:”Soy beneficiario de una Medida de protección que me fue otorgada por el Tribunal Primero de Control de Santa Bárbara, el día 07-02-2007, otorgándole dicha protección a funcionarios adscritos a la Guardia Nacional y posteriormente se le ordenó a la Policía Regional del Estado Zulia, que tampoco cumplió, pero desde hace aproximadamente 2 meses pasan carros sospechosos por la casa y siendo que mi integridad física al igual que la de mi familia está en riesgo (…)”. Siendo así, estima este Tribunal que aún cuando el plazo por el cual se acordó la Medida de Protección (seis meses), venció el día 07 de Agosto de 2007, debe prorrogarse hasta por seis meses más, la Medida de Protección dictada a favor de los ciudadanos SIMON EFRAIN MARTINEZ REYES, y de sus hijos, sus hermanos OSMAR JOSE MARTINEZ REYES, su cónyuge e hijos, JHONATAN YEPEZ, su cónyuge e hijos y sus padres ARNOLDO YEPEZ y MARIA TERESA REYES. Todo de conformidad con el artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, y en relación con el artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales. Así se Decide.

Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Prorroga hasta por seis meses más la Medida de Protección acordada a los ciudadanos SIMON EFRAIN MARTINEZ REYES, y de sus hijos, sus hermanos OSMAR JOSE MARTINEZ REYES, su cónyuge e hijos, JHONATAN YEPEZ, su cónyuge e hijos y sus padres ARNOLDO YEPEZ y MARIA TERESA REYES, acordada en fecha 07 de Febrero de 2007. Ofíciese lo conducente a la Comandancia de la Policía Regional del Estado Zulia, Departamento Policial del Municipio Sucre del Estado Zulia, todo de conformidad con el artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, y en relación con el artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales. Regístrese la presente decisión Notifíquese. Cúmplase.-

El Juez de Control,




Abg. José Luis Molina Moncada

La Secretaria,


Abg. Lixaida Maria Fernández Fernández


En esta misma fecha se registró la presente decisión bajo el Nº 0505 - 2008 y se ofició bajo los Nros. 1877 y 1884 - 2008.-

La Secretaria,



Abg. Lixaida Maria Fernández Fernández

CO1.1669.2007