S2-128-08.
Expediente 11.281.

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 17 de julio de 2008
198° y 149°


Por cuanto se evidencia de las actas procesales, que en la presente Solicitud de Exequatur formulada por la ciudadana BETZABETH DEL CARMEN RUBIO POLO, representada por el abogado LUÍS ALFREDO CHACIN NADER, existe menor, a saber ISABELLA SOFÍA HIDALGO RUBIO, y en atención a la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° AA10-L-2006-000229, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Alfredo Sucre Cuba, este Tribunal Superior, declina la competencia por ante la CORTE SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Remítase bajo oficio.
EL JUEZ SUPERIOR TITULAR,


DR. EDISON EDGAR VILLALOBOS ACOSTA.

LA SECRETARIA,


ABOG. ANY GAVIDIA PEREIRA.
En la misma fecha se remitió expediente N° 11.281, constante de veintiocho (28) folios la única pieza, bajo oficio N° S2-208-08.
LA SECRETARIA,


ABOG. ANY GAVIDIA PEREIRA.


nr.