REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, veintiocho (28) de julio de dos mil ocho (2008).-
198° y 149°
Visto el convenimiento, presentado por el ciudadano SERGIO ÁLVAREZ ÁVILA, asistido por el Abogado en ejercicio JESÚS SARCOS, por una parte, y por la otra la ciudadana LUISA TERESA GUTÍERREZ, asistida por la abogada en ejercicio BEATRIZ PÉREZ; este Tribunal considerando que con lo convenido por los intervinientes en la presente solicitud no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el convenimiento, antedicho en los términos y condiciones expuestas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.-
PUBLIQUESE y REGISTRESE:
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los veintiocho (28) días del mes de julio del año Dos Mil Ocho (2008).- Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS.-


LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha, se dicto y publico la anterior resolución quedando anotada bajo el Nro.135, en el expediente signado bajo el Número: 10339.-
LA SECRETARIA

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-



CRF/greiner.-