REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESÚS MARÍA SEMPRUM
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
EXPEDIENTE: 00442
CAUSA: OBLIGACION DE MANUTENCION
PARTES: DEMANDANTE: MARIBEL DEL VALLE ARRIETA RINCON
DEMANDADO: ULISES FAUSTINO VILORIA HUERFANO
Visto el acta de conciliación inserta al folio 19 de la presente causa, suscrito entre el RECLAMADO: ULISES FAUSTINO VILORIA HUERFANO y la RECLAMANTE: MARIBEL DEL VALLE ARRIETA RINCON, suscrita por ante este tribunal, en fecha: 03-07-08, a favor de la adolescente y niña: MARYHULISES DE LOS ANGELES Y DARYHULISES DE LOS ANGELES VILORIA ARRIETA, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, homologa el convenimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo declara cosa juzgada. Y se ordena el archivo del expediente.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los ocho días del mes de julio del año dos mil ocho.-Años 198° y 149°.-
La Jueza,
Abog. Mariladys González González.
La Secretaria Temporal,
Abg. Ayannelly Reyes Ferrer
En la misma fecha y conforme a lo ordenado, y se archiva el expediente, quedando anotada bajo el número: 40 de las Sentencias Interlocutorias.-
La Secretaria Temporal,
Abg. Ayannelly Reyes Ferrer