REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESÚS MARÍA SEMPRUM


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA


EXPEDIENTE: 00464
CAUSA: OBLIGACION DE MANUTENCION
PARTES: DEMANDANTE: ELIZABETH COROMOTO GELVIS ARCINIEGA
DEMANDADO: ROBERT DE JESUS LOAIZA GARCIA

Visto el acta de conciliación inserta en los folio 10 y 11 de la presente causa, suscrito entre el RECLAMADO: ROBERT DE JESUS LOAIZA GARCIA y la RECLAMANTE: ELIZABETH COROMOTO GELVIS ARCINIEGA, suscrita por ante este tribunal, en fecha: 17-07-08, asistidos en este acto pro la Defensora publico N° 1 (LOPNA) Abogada MARIA MILAGRO SUAREZ, a favor de la niña: DANIELA ALEXANDRA LOAIZA GELVIS, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, homologa el convenimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y lo declara cosa juzgada. Y se ordena el archivo del expediente.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil ocho.-Años 198° y 149°.-
La Jueza,

Abog. Mariladys González González.

La Secretaria Temporal,

Abg. Ayannelly Reyes Ferrer
En la misma fecha y conforme a lo ordenado, y se archiva el expediente, quedando anotada bajo el número: 42 de las Sentencias Interlocutorias.-
La Secretaria Temporal,

Abg. Ayannelly Reyes Ferrer