En horas de despacho del día hoy MIERCOLES 30 DE JULIO DE 2008, siendo LAS 11:30 A.M., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 3919-08 conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue ISIYASMIN VILLALOBOS contra GRACIANO MARIN y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa NABOR DREALING, se procedió a notificar al Ciudadano EDDY VALBUENA, titular de la Cédula de Identidad Número V-10.441.867 con el carácter de Coordinador de Recursos Humanos y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano GRACIANO MARIN, titular de la Cédula de Identidad Número V-5.162.297 como Profesional de la medicina al servicio de esa empresa y quién expuso: “Hago del conocimiento de este Tribunal que una vez revisadas las nóminas pertenecientes a este empresa y de la misma se desprende que el ciudadano GRACIANO MARIN no labora para esta empresa, por lo que consigno escrito donde se plasma lo expuesto por mi. Visto lo expuesto este Tribunal optó por retirarse del sitio ordenando remitir la presente comisión al Tribunal de la causa. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ:


ABOG. GUILLERMO INFANTE


LA SECRETARIA
Comisión N°: 3919-08
Exp. N°: 55.541