Comisión No. 2503/2008.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
198º y 149º

En el día de hoy, MARTES (08) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE (2008), siendo las ONCE Y TREINTA horas de la MAÑANA (11:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para la ejecución de la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Juicio que por ESTIMACION E INTIMACIÓN DE HONORARIOS, sigue el abogado en ejercicio JOSE RAMÓN PERALTA HERNANDEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.449 en contra de los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cedulas de Identidad Nros 3.928.466 y 4.148.830, respectivamente, llevado en el expediente No. 44.750 nomenclatura del referido Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO B.O.D (Agencia Bella Vista), ubicada geográficamente en la Avenida 4 Bella Vista entre calles 79 y 80, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- En este estado, de igual manera se deja expresa constancia, que acompaña a este Juzgado en la presente ejecución, el funcionario de la Policía Regional, Oficial Mayor JOSE MAVAREZ, portador de la Cédula de Identidad No. 11.870.796, credencial N° 4976, el cual pertenece al Departamento Policial de la Parroquia Olegario Villalobos y se encuentra adscrito a los Tribunales de Bella Vista, para brindar custodia a los Juzgados Ejecutores de Medidas con sede en Torre Mara.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, a la ciudadana EVELYN MATILDE TREJO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V.- 5.063.706, quién manifestó ser Gerente de dicha Entidad Bancaria (BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO B.O.D).- En este estado presente el Abogado en ejercicio JOSE RAMON PERALTA HERNANDEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.449, actuando en su propio nombre y representación expuso: Señalo a este Juzgado Ejecutor de Medidas, tal y como lo señale en diligencia suscrita por mi persona en esta misma fecha, la cual riela al folio N° 6 de la presente comisión signada con el N° 2503, para ser Embargado Preventivamente, las cantidades de dineros existentes en las cuentas corrientes N° 0180708538 y 0004307763, cuyos titulares de las mismas son los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH ( Co-demandados de autos) respectivamente, y plenamente identificados, en la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento B.O.D, por lo que a tal efecto, solicito al Tribunal Ejecutor, proceda a requerir dicha información a la Gerente notificada y en consecuencia proceda a embargar hasta cubrir la cantidad de CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 195.000,oo) debidamente especificada en el respectivo despacho comisorio. Es todo.- A continuación, este Juzgado pasa a requerir de la Notificada (Gerente de la Entidad Bancaria B.O.D), la información relativa a la existencia, titularidad y saldo disponible de las cuentas corrientes Nros 0180708538 y 0004307763, que poseen los co-demandados de autos, ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH, respectivamente, y antes identificados, tal y como lo señaló el abogado actor en el presente acto y en la diligencia suscrita por su persona en esta misma fecha, para que sean Embargadas preventivamente por este Juzgado los haberes existentes en dichas cuentas corrientes, hasta cubrir la cantidad de CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F 195.000,oo), debidamente especificada por el Tribunal de la Causa. Es todo.- Seguidamente, la Notificada en cuestión (Gerente de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO B.O.D Sucursal Bella Vista 103), expuso: Efectivamente, los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH, portadores de las Cédulas de Identidad V.- 3.928.466 y 4.148.830, respectivamente, poseen cuentas corrientes signadas con los Nros. 116-0101-46-0180708538 (Numeración completa) y 116-0127-82-0004307763 (Numeración completa), respectivamente, en esta Entidad Bancaria (B.O.D), la cual represento, y poseen al momento un saldo disponible la primera de las cuentas corrientes señaladas de TRECE MIL SETECIENTOS SESENTA CON VEINTISIETE BOLIVARES FUERTES (Bs.F 13.760,27), y el titular de la misma es el ciudadano ALFREDO SANCHEZ CAMACHO, antes identificado y en la segunda de las cuentas corrientes antes señaladas un saldo disponible de CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DIEZ CON QUINCE BOLIVARES FUERTES (Bs.F 44.210,15), siendo el titular de la misma el ciudadano MONIR YORDI FAKIH, también identificado. Es todo.- En este estado, presente el abogado en ejercicio JOSE RAMÓN PERALTA HERNANDEZ, plenamente identificado, actuando en su propio nombre y representación expuso: Solicito muy respetuosamente a este Tribunal Ejecutor, proceda a ejecutar la medida preventiva de embargo sobre las cantidades disponibles en las Cuentas Corrientes Nros. 116-0101-46-0180708538 (Numeración completa) y 116-0127-82-0004307763, cuyos titulares de las mismas son los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH (Co-demandado de autos) respectivamente, conforme a información verificada por la Gerente notificada y asimismo, por cuanto no se cubrirá el monto total a embargar preventivamente y decretado por el Tribunal de la Causa, solicito de igual manera muy respetuosamente se sirva reservar el presente despacho comisorio en los archivos de este Tribunal ejecutor, hasta tanto medie nuevamente solicitud de traslado y constitución de ser necesario.- Es todo. En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Formalmente Embargadas preventivamente las cantidades disponibles en las cuentas corrientes Nros. 116-0101-46-0180708538 y 116-0127-82-0004307763, cuyos titulares de las mismas son los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH, respectivamente y Co-demandado de autos, previo el descuento de la comisión por emisión de los cheques de gerencia por las cantidades de QUINCE BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 15,oo) cada uno, que se encuentran depositadas en las cuentas corriente Nros 116-0101-46-0180708538 y 116-0127-82-0004307763 del Banco Occidental de Descuento B.O.D, cuyos titulares de dichas cuentas son los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH respectivamente y plenamente identificados; en consecuencia, se declara consumada la Desposesión Jurídica de los Ejecutados. SEGUNDO: Este Juzgado Ejecutor deja constancia de que recibe en este acto, cheques de gerencia a nombre y a la orden del Tribunal de la Causa (Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, conforme lo indicado en el respectivo Despacho Comisorio, girados en contra de la Cuenta del cheque de gerencia N° 01160103122120210100 del Banco B.O.D, Cheque de Gerencia No. 03541100, por la cantidad de TRECE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO CON VEINTISIETE BOLIVARES FUERTES (Bs.F 13.735,27), y en contra de la Cuenta del Cheque de gerencia N° 01160103122120210100, del Banco B.O.D, cheque de gerencia N° 03541101, por la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON QUINCE BOLIVARES FUERTES (Bs.F 44.185,15), cantidades estas que corresponden al embargo preventivo de las Cuentas Corrientes, cuyos titulares son los ciudadanos ALFREDO SANCHEZ CAMACHO y MONIR YORDI FAKIH, plenamente identificados y co-demandados de autos, previo el descuento de la comisión por la emisión de los respectivos cheques de gerencia.- TERCERO: Se ordena agregar a la presente acta los cheques de gerencia antes mencionados, para que formen parte de la presente comisión y posteriormente sean remitidos al Tribunal de la Causa, previo impulso de la remisión por el actor.- CUARTO: Conforme lo ha solicitado expresamente la parte actora, se ordena reservar la presente comisión en los archivos de este Despacho, hasta tanto medie nueva oportunidad para el traslado y constitución a los fines de cubrir el monto faltante ordenado a embargar.- Siendo la UNA HORA DE LA TARDE (01:00 p.m.), terminó el acto, es todo, se leyó y conformes firman.-


EL JUEZ,

ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.


LA NOTIFICADA (GERENTE DE LA ENTIDAD BANCARIA B.O.D, SEDE BELLA VISTA 103),



EL ABOGADO ACTOR QUIÉN ACTÚA EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN,





LA SECRETARIA,


ABOG. MARINELLY VEGAS GUTIERREZ.