REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
COMISION 4026-08
En el día de hoy martes ocho de Julio del año dos mil ocho (2008), siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana (10:35 AM), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un local para oficina, ubicado en el Edificio Caracas, situado en la avenida 4 (Bella Vista), esquina con la calle 83, Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado FERNANDO ANDRES LOBOS AVELLO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. E.- 81.729.257, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 60.603, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), sigue la Sociedad Mercantil ANACO CHEMICAL C.A., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES S y H C.A., en su carácter de deudor principal. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana ZENAIDA COROMOTO COY ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.818.978, quien se identificó como COMISARIO de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LAGOMAR C.A.. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado FERNANDO LOBOS AVELLO, antes identificado, expuso: “Señalo para ser Embargadas Preventivamente las acciones que la Sociedad Mercantil INVERSIONES S y H C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 04 de julio de 2007, bajo el No. 40, tomo 71-A., detenta en propiedad en la Sociedad de Comercio TRANSPORTE LAGOMAR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 17 de julio de 2007, bajo el No. 37 tomo 74-A, propiedad esta que recae sobre cuarenta (40) acciones con un valor nominal de UN MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 1.000,00), tal como debe evidenciarse en el libro de accionistas de dicha compañía que requiero de este Tribunal le pida a la notificada sea exhibido en este acto”. Acto seguido el Tribunal visto el pedimento hecho por el apoderado judicial de la parte actora, requiere a la notificada exhiba el libro de accionistas de la empresa TRANSPORTE LAGOMAR, C.A. Acto seguido la notificada, ciudadana ZENAIDA COROMOTO COY ZAMBRANO, antes identificada, en su condición de Comisario de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LAGOMAR C.A. coloca a disposición del Tribunal el Libro de Accionistas de la empresa. Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LAGOMAR C.A., procede a verificar la existencia de (40) acciones con un valor nominal de UN MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 1.000,00), en propiedad de la Sociedad Mercantil INVERSIONES S y H C.A. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE, la cantidad de (40) acciones con un valor nominal de UN MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 1.000,00), en propiedad de la Sociedad Mercantil INVERSIONES S y H C.A. lo que asciende a la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 40.000,00). EL Tribunal procede en este acto a estampar la correspondiente nota en el libro de accionistas de la empresa TRANSPIORTE LAGOMAR, C.A. Por ultimo se ordena notificar mediante oficio al Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de notificarle de la presente ejecución. En este presente el apoderado judicial de la parte actora abogado FERNANDO ANDRES LOBOS AVELLO, antes identificado, expuso: “Consigo en este acto a los fines ilustrativos, copia simple del Documento constituido de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE LAGOMAR C.A., arriba singularizado, donde se constata en primer lugar la condición de accionista que en dicha compañía tiene la empresa INVERSIONES S Y H, C.A., y en segundo lugar el carácter de comisario que en tal sociedad ocupa la ciudadana notificada. Por ultimo por cuanto los bienes embargados no cubren la suma decretada por el juzgado de la causa, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir el monto total, solicitando a este Juzgado Ejecutor de Medidas devuelva la presente comisión al juzgado de la causa. El Tribunal ordena agregar a las actas que conforman la presente comisión las copias simples consignadas por el apoderado judicial de la parte actora constante de nueve (09) folios; asimismo se ordena remitir las presentes actuaciones al juzgado de la causa. Finalmente, el Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Es todo, terminó se leyó y conformes firman, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 AM), del día hoy.
LA JUEZ,
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.-
LA NOTIFICADA – COMISARIO DE TRANSPORTE LAGOMAR C.A.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE SOTO ASPRINO
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