REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
Despacho de Medida Nº 4638
En el día de hoy veintitrés ( 23 ) de Julio del dos mil ocho (2.008), siendo las diez y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa TUBOS SERVICIOS S.A, ubicada en el Municipio Valmore Rodriguez del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS seguido por la ciudadana JUANA GREGORIA GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.855.922 en contra del ciudadano JOSE MARIA CASTRO TALAVERA titular de la cédula de identidad N° V-7.738.145. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa TUBOS SERVICIOS S.A, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) ELIZABETH MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.660.391, en su condición de Jefe de Recursos Humanos. En este estado presente la parte actora, ciudadana JUANA GREGORIA GOMEZ ya identificada, asistida en este acto por el abogado en ejercicio DANNY RODRIGUEZ inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 57.842, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa, sobre los conceptos mencionados en el mismo, que le puedan corresponder al ciudadano JOSE MARIA CASTRO TALAVERA titular de la cédula de identidad N° V-7.738.145.