REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4648

En el día de hoy veintidós (22) de Julio del dos mil ocho (2.008), siendo la(s) once y veinte de la mañana, se traslado y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa LUSANCA, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana BERKYS RAMONA ROSENDO SOTO, titular de la cédula de identidad N° V-14.365.284, en contra del ciudadano CESAR ENRIQUE PERNALETE CAÑIZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-18.946.517, a favor de los niños y/o adolescentes ALBANY ANDREINA y CESAR ANTONIO PERNALETE ROSENDO. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Nerio González, titular de la cédula de identidad Nº 4,149.879, en su condición de Coordinador de la obra. En este estado presente la ciudadana BERKYS RAMONA ROSENDO SOTO, antes identificada, asistida en este acto por la Defensora Publica Primera del Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la extensión Cabimas, abogada DIAMELIS SANCHEZ C, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52261, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.