REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Dieciocho (18) de Julio de 2008
197º y 148º
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2008-000395
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: MINWIS ANTONIO GONZÀLEZ GONZÀLEZ (NO Compareció); APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: TIBISAY FUENTES (NO Compareció); PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA ALISERV “, C.A; APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: MAROLYN LEIDY HUERTA URRIBARRI (Compareció); MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES. En el día de hoy Viernes Dieciocho (18) de Julio de 2008, siendo las Dos de la tarde (02:00 p.m.) , fecha y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar previa verificación de los lapsos procesales por secretaría y realizado el anuncio de Ley por el Alguacil de este Circuito Laboral, el Tribunal se avocó al conocimiento de la presente causa, El ciudadano juez de este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: MAROLYN LEIDY HUERTA URRIBARRI apoderada judicial de la demandada. Asimismo este Despacho deja constancia de la Incomparecencia del demandante y de su apoderada judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento debido a la no comparecencia del demandante MINWIS ANTONIO GONZÀLEZ GONZÀLEZ, ampliamente identificado en actas, y en consecuencia declara terminado el proceso. Publíquese, Regístrese, Archívese y déjese copia certificada. De la misma forma se hizo la devolución de las pruebas promovidas por la demandada. Se levantó la presente acta a las dos y veinte minutos de la tarde (02:20 p.m.), la cual firman:
EL JUEZ
CARLOS SILVESTRI
LA SECRETARIA
JOSELYIN URDANETA
LA APODERADA JUDIICAL
COMPARECIENTE DE LA DEMANDADA.
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