REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Primero (01) de Julio de 2008
197º y 148º

EXPEDIENTE Nº VP01-L-2008-000078

ACTA DE MEDIACIÒN

PARTE ACTORA: DARVIL REYES BLANCO BLANCO, identificado con cédula de identidad Nº. 16.121.255 (Compareció); APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ARLY PÈREZ (Procuradora-Compareció); PARTE DEMANDADA: SUKHOTHAI, C.A., APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: LEONTE LANDINO (Compareció); MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES. En el día de hoy Martes primero (01) de Julio de 2008 , siendo las dos de la tarde fecha y hora fijada por este Tribunal y presente las partes comparecientes en el presente proceso a los fines de asistir a la continuación de la Audiencia Preliminar en la hora y fecha fijada por este Circuito Laboral, este Juez Mediador les explicó a las partes las reglas a seguir y cedió el uso del derecho de palabra al Profesional del Derecho LEONTE LANDINO en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada quien manifestó haber logrado un acuerdo con la parte actora en la fase de mediación de este Tribunal para ponerle fin a la controversia a través de los medios de auto composición procesal por intermedio del acuerdo de voluntades expresado en los siguientes términos: 1.- La parte demandada ofrece pagar la suma de UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUANTRO BOLIVARES FUERTES, CON NOVENTA Y OCHO CÈNTIMOS (Bs.F. 1.234,98), en un solo y único pago a través del Cheque Nº. 96001359, girado contra el Banco Occidental de Descuento, (B.O.D) Sucursal Cecilio Acosta, emitido en esta misma fecha a favor del extrabajador DARVIL REYES BLANCO BLANCO, 2.- Ambas partes convienen que los honorarios profesionales de los abogados apoderados judiciales de las mismas correrá por cuenta de cada una de ellas, menos la Procuradora interviniente dada su condición de funcionario público. 3.- Las partes dan por concluido el presente juicio que nada tienen que reclamarse y le solicitan a este Tribunal HOMOLOGUE el presente acuerdo y le imparta el carácter de cosa juzgada y proceda a archivar el expediente dado el cumplimiento cabal de lo convenido. 4.- El Demandante manifestó su conformidad con lo acordado, libre y espontáneamente, sin coacción ni apremios. Este Tribunal de Instancia en fase de Mediación para decidir Observa: por cuanto considera que se han cumplido todos y cada uno de los requisitos, para que este Tribunal proceda a HOMOLOGAR el acuerdo celebrado por las partes con inmediación del juez que preside la audiencia, es por lo que se le imparte aprobación y se le da el carácter de cosa juzgada. ASI SE DECIDE. Por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY . DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado por las pares en esta audiencia. Se le da Aprobación y se le imparte el carácter de Cosa Juzgada en este juicio. SEGUNDO: Se da por concluido el proceso en la presente causa de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y reordena el archivo del expediente dado el cumplimiento total de lo acordado. Se ordena expedir copia certificada de dicho acuerdo y de la presente acta, a los fines de su entrega a cada una de las partes; se ordena expedir una (01) copia certificada de esta Resolución por Secretaria a los fines previstos en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1384 del Código Civil y del articulo 72 ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De la misma forma se hace la devolución de las pruebas a las partes promoventes. PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA. Y ARCHÌVESE. Siendo las dos y treinta minutos de la mañana (02:30 p.m.) se levanta la presente Acta, las cuales firman conformes las partes.
EL JUEZ

CARLOS SILVESTRI LA SECRETARIA


JOSELYN URDANETA
Los Presentes