JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL OCHO. -
198º y 149º
Vista la diligencia de fecha 22 de julio del presente año, suscrita por el abogado JOSE ORLANDO ORTA SIFONTES, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 30.180, con el carácter que tiene acreditado en autos, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, por cuanto de la revisión de las actas procesales se evidencia que en la admisión de la demanda no se acordó el emplazamiento del ciudadano: JOSE ASENCION PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.352.004 y de este domicilio, tal como lo solicitó la parte demandante en el libelo y lo ratifica mediante diligencia ut supra señalada, es por lo que se REPONE la causa al estado de admitir nuevamente la demanda y su reforma.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.
EXP.No. 31.034
Ly.
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