REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 09 de julio de de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

DECRETO DE EJECUCIÓN VOLUNTARIA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000573
PARTE ACTORA: ADELMO CORONADO JUAREZ,. C.I: 6.831.000
PARTE DEMANDADA: SERENOS METROPOLITANOS OCCIDENTE C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Edilio Eloy Medina, Inpreabogado: 67.623.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

Vista la diligencia de fecha 03 de julio del presente año, suscrita por el ciudadano ADELMO CORONADO, asistido por la profesional del derecho abogada BEATRIZ ARROYO, Inpreabogado: 130.300, mediante la cual Solicita al Tribunal se sirva poner en estado de ejecución la presente causa, y por cuanto la Sociedad Mercantil SERENOS METROPOLITANOS OCCIDENTE C.A, hasta la fecha no ha cumplido en su totalidad con lo acordado en fecha 14 de agosto de 2006, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial, DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada deberá dentro de los TRES (3) DIAS HABILES siguientes a la presente fecha, dar cumplimiento voluntario, y cancelar al ex -trabajador ciudadano ADELMO CORONADO JUAREZ, la cantidad de Bs.F. 32.000,00, monto pendiente por cancelar por cuanto el acuerdo se realizó por la cantidad de Bs. 45.000,00, como quedó expresado en acta de transacción; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.


La Juez

La Secretaria

Mgs. Judith del Carmen Castro

JC/jc