REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, once de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : VP01-L-2008-001279
Visto el escrito de fecha diez (10) de julio de 2008, suscrito por el ciudadano JUNREN CHANG asistido por la abogada en ejercicio ANA HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil SUPERMERCADOS CHANG, por un lado y por el otro, el ciudadano ELADIO ESPITIA, titular de la cédula de identidad No. 19.179.005, asistido por la abogada en ejercicio WENDY ECHEVERRIA, mediante el cual dejan constancia de la realización del pago para dar cumplimiento a Transacción celebrada entre las partes, por la cantidad de MIL SETESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F.1.700,00) en dinero efectivo, y solicitan el archivo del expediente; este Tribunal lo recibe, le da entrada, asimismo visto el cumplimiento del acuerdo celebrado entre las partes se da por Terminado el presente asunto, se Homologa la Transacción celebrada y se ordena su archivo definitivo.
El Juez
Abog. Hugo Cordero
La Secretaria,
Abog. Brisjaida Gómez P.
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