ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001374
PARTE ACTORA: MONICA REGINA COTTE HENRIQUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AGUSTIN ESPINA
PARTE DEMANDADA: DEYDA RUIZ y LABORATORIO NOCTURNO LIC. DEYDA RUIZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUILLERMO PARRA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, siete (7) de Julio de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado Agustin Espina, apoderado de la ciudadana MONICA REGINA COTTE HENRIQUEZ, y el abogado Guillermo Parra, apoderado del LABORATORIO NOCTURNO LIC. DEYDA RUIZ en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: Primero: La parte demandada demandó la cantidad de Bs. 6.422, 89, por concepto antigüedad, vacaciones vencidas y fraccionadas y utilidades. Segundo: La parte demandada negó la existencia de la relación; no obstante a fin de dar por terminado este asunto, ofrece pagar la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,oo), por los conceptos antes indicados, para ser pagados en este mismo acto, mediante cheque se gerencia a nombre de la demandante, identificado con el Nº 03486297, contra la cuenta Nº 01160137512120210100, del Banco Occidental de Descuento. Tercero: Visto el ofrecimiento efectuado por la demandada, la parte actora expresa su aceptación y declara haber recibido en este mismo acto, el efecto cambiario antes identificado. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se acuerda la devolución de las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia y se ordena archivar de forma definitiva el presente asunto.-

La Juez,

La Secretaria,

Abog. María Cecilia Admade
Abog. Yasmira Galué




Los Presentes,