ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-001426
PARTE ACTORA: JOSE RAFAEL MONTOYA ZAMBRANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: IRIS CARREÑO
PARTE DEMANDADA: MARPE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DIANA BRIÑEZ Y OTRO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, treinta y uno (31) de Julio de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano JOSE RAFAEL MONTOYA ZAMBRANO, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente, se deja constancia que compareció a la audiencia, la parte demandada, por medio de sus apoderadas judiciales, abogadas Diana Briñez Juárez y Ana Teresa Meoz de Govea, según se evidencia del instrumento poder que en copia simple y en original consignaron a los fines de su confrontación, certificación por Secretaría y posterior devolución, lo cual acordó el Tribunal conforme a lo solicitado, conjuntamente con el ciudadano Gerardo José Cepeda Casas, en su condición de Gerente de Operaciones de la compañía. En consecuencia, en conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149º y 198º.

La Juez,

La Secretaria,

Abog. María Cecilia Admade
Abog. Yasmira Galué




Los Presentes,