REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Nueve (9) de Julio del dos mil ocho (2008)

ASUNTO: VP01-L-2008-001090
Vista la transacción presentada en fecha 1 de Julio del año 2008 por ante la unidad de recepción y distribución de documentos por el abogado DANIEL ALVARADO en su condición de apoderado judicial del ciudadano LEUDYS ENRIQUE GLEVIS y el abogado CARLOS URDANETA actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil SERENOS RESPONSABLES C.A (SERECA) constante de Un (1) folio útil así como copia simple del documento poder; este tribunal para resolver lo realiza previa a las siguientes consideraciones : En fecha 20 de junio día y hora fijado para que se celebra la audiencia preliminar no acudieron las partes actora y demandada por lo cual el tribunal declara desistido el procedimiento y terminado el proceso, el espíritu del legislador es que las partes en el proceso puedan hacer uso de los medios de auto composición procesal para que estos puedan con ello poner fin a los juicios con lo cual participan de una manera activa en la administración de justicia y con lo cual se logar dar cumplimiento a los postulados constitucionales contemplados en los artículos 26, 253 y 257 de la constitución de la republica bolivariana de Venezuela ; Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MADIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada..
El Juez


Abog. Alexis Figueroa

La Secretaria