ACTA



N° DE EXPEDIENTE: V P01-L-2008-000176
PARTE ACTORA: FRANCISCO CHACIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DANIEL ALVARADO
PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES C.A (SERECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS URDANETA
MOTIVO: PRESTACIONES SOICIALES

En el día hábil de hoy, 23 de Julio de 2008, siendo las 3:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos abogado DANIEL ALVARADO actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO CHACIN y SERENOS RESPONSABLES C.A (SERECA) empresa esta representada por su apoderado judicial abogado CARLOS URDANETA el cual consigna en este acto carta autorización agregándose a las actas que conforman el presente asunto, quienes han llegado al siguiente acuerdo la representación judicial de la empresa ofrece cancelar la cantidad de Cuatro mil bolívares fuertes (bsf 4.000) los cuales serán cancelados el día 25 de Septiembre del presente año, toma la palabra el abogado del trabajador quien manifiesta estar de de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas las pretensiones del trabajador así como los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, vistas las exposiciones realizadas por las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Medición y Ejecución del Trabajo del la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes