JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 12 de febrero de 2008
197° - 148°
Exp. N° 684-07

En el presente Recurso Contencioso Tributario (Subsidiario) interpuesto por la contribuyente DENU CORREDURIA INMOBOLIARIA MARACAIBO, C.A. en contra de la Resolución No. GRTIRZ-DJT-CRJ-MBS-2006-0533 de fecha 02 de mayo de 2006 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 30 de marzo de 2007 este Tribunal homologó y dio por consumado el desistimiento del presente recurso y le dio el carácter de cosa juzgada al expresado desistimiento, ordenándose notificar de la misma.
En fecha 20 de junio de 2007, se libró boleta de notificación dirigida a la Procuradora General de la República o a cualquiera de sus apoderados judiciales constituidos en actas. El 28 de junio de 2007 el Alguacil de este Tribunal consignó la mencionada boleta, recibida y firmada por el abogado Carlos Velásquez, portador de la cédula de identidad No. 7.970.967 en su carácter de apoderado judicial.
En razón de lo anterior, se considera que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente cumplida; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 31 de julio de 2007.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 30 de marzo de 2007, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
La Secretaria,

Yusmila Rodríguez Romero.

Resolución No. _______-2007.-

RLB/an.-