REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 07 de Febrero de 2008
198° y 148°
RESOLUCION N° 059-08 CAUSA N° 6E-560-08.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 11-01-2008 por el Juzgado Primero en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara del Zulia, mediante la cual condena a los penado FERNANDO JOSE PIÑA VERA, titular de la cédula de identidad N° 17.586.463, de nacionalidad Venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Freddy Piña y Vicenta Vera, residenciado en el Barrio San José, Calle Las Vegas, avenida 1, casa N° 69, frente a la Agencia de Lotería Don Francisco, detrás del Estadio Polideportivo Sierra Maestra, Ciudad Ojeda, Estado Zulia, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, más las penas accesorias de Ley, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente causa, y pasa a ejecutar la pena impuesta.
Así tenemos que, consta en actas que el penado FERNANDO JOSE PIÑA VERA, fue detenido en fecha 19-02-2007; por lo que hasta el día de hoy 07-02-2008 fecha en que se practica el presente computo de pena: lleva detenido: ONCE (11) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, faltándole por cumplir: DOCE (12) DIAS.
En consecuencia el penado FERNANDO JOSE PIÑA VERA, cumplirá la Pena Principal el día: 19-02-2008.
Cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 19-05-2007, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.
Cumplió una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 19-06-2007, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.
Cumplió as dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 19-10-2007, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.
Cumplió las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 19-11-2007, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.
Finalmente, se hace de su conocimiento que quedará sujeto a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por: una quinta (1/5) parte de la pena impuesta, el penado FERNANDO JOSE PIÑA VERA, la cual cumplirá el día 01-05-2008. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN ESTADO DE EJECUCION POR SENTENCIA CONDENATORIA LA PRESENTE CAUSA y DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir por el penado FERNANDO JOSE PIÑA VERA, titular de la cédula de identidad N° 17.586.463.Se acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo boleta de Encarcelación, y copia certificada de la presente decisión, así mismo se ordena librar boleta de notificación a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa, asimismo se ordena Oficiar al Departamento de Alguacilazgo remitiendo las boletas de notificación. Regístrese. Notifíquese y remítanse las copias de ley.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN.
DR. HEBERTO ESPINOZA BECEIRA.
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARD ECHETO.
En la misma fecha, se registró la anterior decisión bajo el No 059-08 en el Libro de registro de resoluciones llevado por este tribunal, y se ordenó oficiar bajo los N° 414 y 415-08, remitiendo las respectivas boletas de notificaciones a las partes.
EL SECRETARIO,
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